jueves, 13 de abril de 2017

Canena hace un Siglo. Una boda distinguida (I)

El título de este artículo responde a la intención de contar en él el que debió de ser el acontecimiento social más señalado de ese año en Canena, una boda, pero enmarcándola en la vida de nuestro pueblo en esas fechas, hace ya cien años. Se trata de la boda que tuvo lugar el 20 de abril de 1917 entre Juan Reyes Godoy y Ramona Godoy García, de veinticinco y veinticuatro años, respectivamente. 

El artículo lo publicaré en dos partes. La primera se organiza en cuatro apartados: la boda, la familia de la novia, la familia del novio y el matrimonio y su familia. En la segunda hablaré de cómo era Canena en esos primeros años del siglo XX.

1.    LA BODA.


La primera referencia que tuve de esta boda fue en un artículo sobre La visión de Linares en la prensa conocida de Baeza (1855-1935)[1], en el que se insertaba la noticia. Puesto en contacto con Ramón Soler Belda, el autor del artículo, me facilitó la publicación completa, el n.º 15 del Semanario Baeza, Semanario Independiente, de cuatro páginas, publicado el 25 de abril de 1917, en cuya página tres aparecía la noticia de la boda, que reproduzco:

Desde  Canena
UNA BODA
En la suntuosa morada de don Tomás Godoy Arza se celebró en la noche del pasado viernes el enlace de su encantadora hija Ramona con el joven médico D. Juan Reyes Godoy, hijo de nuestros distinguidos amigos D. Manuel Reyes y Reyes y D.ª Dolores Godoy García. Bendijo la unión el Sr. Cura-Párroco de esta villa D. Andrés Fernández. Fueron padrinos los padres del contrayente. Y actuaron como testigos D. Manuel Godoy, Don Francisco Godoy Martínez, D. Rufino Reyes y D. Juan Antonio Godoy. La novia vestía rico traje de seda y velo, adornados con el simbólico azahar, y el novio de levita. Terminada la ceremonia, los concurrentes, que eran muy numerosos, fueron obsequiados por los señores de Godoy con un espléndido lunch. La nueva pareja, que ha recibido multitud de valiosos regalos, salió el sábado en el rápido para Madrid, donde pasará la luna de miel, que les deseamos sea eterna.
El Corresponsal




Posiblemente la noticia de la boda apareciera también en otros periódicos comarcales y provinciales, que no he podido consultar, y una breve reseña se publicó al menos en un diario madrileño, La Acción, en la página 2 de su número 430, del tres de mayo de 1917.




Bodas y natalicios
EN PROVINCIAS
- En Canena (Jaén) ha contraído matrimonio la bella señorita Ramona Godoy con el joven e ilustrado médico Don Juan Reyes Godoy.

La ceremonia tuvo lugar en el domicilio de la contrayente, previa dispensa de lugar sagrado, según se recoge en el acta matrimonial de la Parroquia[2], a las seis de la tarde del viernes, 20 de abril de 1917:

En la villa de Canena, provincia y obispado de Jaén, a veinte de Abril de mil novecientos diez y siete, yo Don Andrés Fernández Fernández, cura propio de esta Iglesia de la Purísíma, de presente que hacen verdadero y legítimo matrimonio a Don Juan Reyes Godoy, soltero, de esta naturaleza y vecindad, de veinticinco años e hijo legítimo de Don Manuel y D.ª Dolores, con D.ª Ramona Godoy García, también soltera y de esta villa, de veinticuatro años de edad e hija legítima de Don Tomás y de D.ª Ramona. Confesaron y comulgaron, precedieron las amonestaciones conciliares, la dispensa de los impedimentos de consanguinidad en tercer grado por una parte, tercer con cuarto por otra, y cuarto doble, según Auto del Muy Ilmo. Sr. Provisor de esta diócesis, dado en Jaén en veintisiete de Marzo último, y los demás requisitos necesarios para la legitimidad y validez de este sacramental contrato. Asistieron al acto que tuvo lugar en el domicilio de la contrayente, previa la oportuna dispensa de lugar sagrado, el Sr. Juez Municipal de esta villa y los testigos Juan J. Fernández Arévalo y Antonio García García, mayores de edad y dependientes de esa Iglesia, de que certifico.


Inscripción del matrimonio en el Libro de Desposorios de la Parroquia de la Purísima Concepción de Nuestra Señora de Canena. Archivo Parroquial de Canena


En el Archivo Municipal de Canena se encuentra también el acta de Inscripción del Matrimonio Canónico en el Registro Civil y la citación al Juez Municipal, D. Manuel Niceto Reyes Godoy, donde se nos da la información de la hora de la ceremonia, las dieciocho horas.




La boda tuvo que ser un verdadero acontecimiento social en nuestro pequeño pueblo, como se desprende de la reseña dada por el corresponsal del semanario Baeza, ya que los contrayentes formaban parte de dos de las familias más influyentes del pueblo, que tenían parentesco entre ellas, como se expresa en la dispensa de los impedimentos de consanguinidad recogida en el acta matrimonial.

Los novios, Juan y Ramona. Fotografía cedida por su nieta, María del Carmen Reyes Ortega


2.    LA FAMILIA DE LA NOVIA.


La novia pertenecía a la familia más acaudalada del pueblo. Era hija de Tomás Godoy Arza y Ramona García López; ésta se había casado en primeras nupcias con Silverio de la Presilla, con el que tuvo una hija, Mercedes Presilla García, y tras enviudar (cuando tenía 23 o 24 años) se casó con Tomás Godoy Arza. La hija de su primer matrimonio, Mercedes, murió joven; su primer marido, Silverio, era uno de los mayores contribuyentes de Canena y fue Alcalde desde enero de 1875 a marzo de 1877, continuando como concejal hasta febrero de 1879, fecha en la que pasó a ocupar el cargo de Juez Municipal; su muerte fue prematura y posiblemente se produjera antes de la llegada a la alcaldía de Tomás Godoy Arza, en 1881, aunque no tengo constancia exacta de cuándo ocurrió. Todos los bienes de Silverio de la Presilla pasaron a su mujer, y con ello, a su segundo marido, Tomás Godoy Arza, que se convirtió en el mayor contribuyente -mayor propietario- de Canena  al casarse con Ramona García (habían nacido él en 1855 y ella en 1857), posiblemente en 1881. 

Desde ese año hasta 1915 (que es el último año que he consultado las actas de las sesiones del Ayuntamiento), fue el mayor contribuyente del término municipal, duplicando su cuota de contribución territorial a la del segundo propietario. Pero no solo era el mayor contribuyente, sino que fue miembro del Ayuntamiento durante varios años;  desde el 1 de julio de 1881 hasta el 1 de julio de 1883 es Alcalde, fecha en la que sigue como concejal hasta 1 de julio de 1885. De nuevo es elegido concejal a finales de 1889, siendo nombrado  como primer teniente de Alcalde el 1 de enero de 1890, cargo que ejerce hasta el 1 de Julio de 1891; desde esta fecha pasa a ser regidor cuarto, hasta su cese el  1 de enero de 1895, formando parte además de dos de las cuatro comisiones en que se organiza  la Junta Municipal (la de presupuestos y cuentas y la de instrucción pública, beneficencia, corrección, pósitos, obras públicas y policía urbana y rural; las otras dos eran la de amillaramientos y repartos de todas clases y la de abastos e inspección de carnes). Así mismo, desde 19 de enero de 1890 hasta 6 de julio de 1894 es Depositario de los Fondos Municipales. De nuevo, en julio de 1901, por nombramiento  del Gobernador Civil, vuelve al Ayuntamiento, como concejal interino, siendo elegido Alcalde, cargo que ocupa hasta la elección de los nuevos concejales, cesando el 1 de enero de 1902.

Tomás Godoy Arza murió el 5 de enero de 1920 y su mujer, Ramona García López,  el 29 de marzo de 1929.


Placa de la tumba donde se encuentran enterrados Tomás y Ramona, junto con algunos de sus hijos y otros familiares en el cementerio de Canena


Aparte de las actuaciones que como Alcalde y concejal realizara, su herencia para Canena es hoy más evidente por las consecuencias que su actuación y la del Ayuntamiento en terrenos de su propiedad, tuvieron en la configuración urbanística de Canena. Tomás Godoy Arza era el propietario de una amplia franja de terreno colindante con el casco urbano, desde la entonces calle de la Carrera (hoy Vizconde de Begíjar) por el norte, la  Travesía de la calle Baja (según denominación del plano de 1894, hoy último tramo bajo de la calle Chorrillo) por el este, hasta el royo por el sur, lindando por el oeste con el camino de Ibros (hoy calle Estación).  Esos terrenos eran rústicos y progresivamente, a lo largo de las  últimas décadas del siglo XIX y primeras del siglo XX, se fueron incorporando casi en su totalidad al casco urbano. Parte de ellos hoy forman la manzana delimitada por la Calle Manuel Reyes, al sur; calle Chorrillo, al este; calle Vizconde de Begíjar, al norte; y calle Miguel de Cervantes, al oeste. Su parcela más extensa es propiedad municipal, en cuyo centro se ubica la Casa Consistorial. Tomás Godoy Arza levantó un muro que rodeaba la parcela con el objeto de crear un recinto cerrado, con la casa en el centro, para que sus hijas no tuvieran relación con el mundo exterior, con el resto de los caneneros, y desde entonces a esta casa se le ha llamado en Canena la “Casa de las Niñas”.


Casa de las Niñas, actualmente Casa Consistorial. Fotografía tomada de la galería de imágenes de la web del Ayuntamiento de Canena


Tanto la casa como la cerca fueron edificadas por Tomás Godoy Arza, posiblemente a finales del siglo XIX, cuando todavía no estaba hecha la prolongación de la Calle Baja hacia el oeste, por lo que el acceso al recinto lo tenía por la calle Carrera.

De acuerdo con el plano del casco urbano de 1894, en este año no existían ni la calle Nueva (hoy Miguel de Cervantes) ni la prolongación de la calle Baja, hoy calle Manuel Reyes.


Plano de Canena. 1894. Escala 1:2000. Instituto Geográfico y Estadístico


Es en 1897 cuando el Ayuntamiento  se plantea la necesidad de la prolongación de la Calle Baja de esta villa por la parte poniente. En su sesión de 12 de septiembre de dicho año  el Sr. Alcalde –Manuel Serrano Godoy- hizo uso de la palabra demostrando con facilidad y en términos irrefutables lo conveniente que resultaría a este vecindario la prolongación de la Calle Baja de esta villa por la parte poniente, pues hoy se hace imposible el tránsito por dicho punto; más como para conseguir esta mejora en el ornato público es indispensable la expropiación del terreno que hay que ocupar, como obra de utilidad pública, o la cesión del mismo al Municipio por parte del dueño mediante el pago de la cantidad en que se aprecie, proponía que se tomara en consideración lo expuesto. El cuerpo municipal por unanimidad y después de hacer constar lo altamente beneficioso y cómodo que resultaría a los intereses de sus administrados la prolongación de la calle Baja, a más de embellecer la población y mejorar el ornato público, acordó acceder a lo expuesto por la presidencia y que siendo el propietario del terreno que ha de ocuparse el vecino de esta villa Don Tomás Godoy Arza, que el Sr. Alcalde notifique este acuerdo, ordenando al maestro de obras pase a apreciar la faja de terreno necesaria para la prolongación acordada y que se guarden las prescripciones de la ley en cuanto se refieran al ornato público.

En la sesión siguiente, de 19 de septiembre, se dio cuenta del expediente instruido por la Alcaldía para la adquisición del terreno de la propiedad de Don Tomás Godoy Arza, de esta vecindad, que es necesario ocupar en la prolongación de la Calle Baja de esta población, acordada por el Ayuntamiento en sesión ordinaria del día doce del mes actual, y leído por mí el Secretario, después de quedar enterados los Sres. Concejales de la tramitación que ha seguido referido expediente, y que el dueño del terreno cede los quinientos nueve metros que el Maestro de obras ha medido como bastantes para la obra, acordado mediante el pago al mismo de las seiscientas noventa y ocho pesetas setenta y cinco céntimos en que ha sido tasada, la Municipalidad acordó: aprobar el expediente en todos sus partes y siendo indispensable e imperiosa necesidad llevar a la práctica lo acordado por el Ayuntamiento, que se utilice desde hoy la nueva vía en la Calle Baja, y como en el presupuesto ordinario actual no figura consignación para satisfacer la suma a que asciende el predio adquirido, que se tenga en cuenta esta circunstancia en la época de formación del venidero y se haga la debida consignación de las seiscientas noventa y ocho pesetas setenta y cinco céntimos, comunicándose a Don Tomás Godoy Arza este acuerdo para su conocimiento y por si tiene a bien conceder a esta Corporación Municipal el plazo necesario para la consignación acordada, medio legal para ordenarse el correspondiente pago.

Más de una década después, en 1908, se plantea la necesidad de abrir una nueva calle entre la calle Bahondillo y la calle Baja. En la sesión de 23 de febrero de 1908, el Sr. Presidente declaró abierta la sesión y acto seguido manifestó a la corporación la necesidad urgente de adquirir este Ayuntamiento los terrenos que median desde la calle de Bahondillo a la calle Baja en línea recta con el objeto de formar una nueva vía que tan necesaria es para la localidad. La corporación después de discutir brevemente y convencida de la utilidad de la proposición, acuerda por unanimidad se haga la gestión necesaria con los dueños de los terrenos D. Tomás Godoy Arza y D. Álvaro Lorite López[3] para que, medido y apreciado por los peritos, se convengan las condiciones de la expropiación.

El 25 de agosto del mismo año, abierta la sesión por el Sr. Presidente se dio cuenta a la corporación de la certificación que el maestro de obras Juan María Cobo García[4] y el perito práctico de este Ayuntamiento Bartolomé Lorite Jódar presentan al Ayuntamiento, en la que cumpliendo el encargo dado por esta Alcaldía, en virtud de acuerdo del mismo de fecha 23 de Febrero último, han medido y apreciado los terrenos que median desde la calle Bahondillo a la calle Baja en línea recta, con el fin indicado en el citado acuerdo, habiendo resultado una extensión superficial de mil metros cuadrados que al precio de una peseta metro, importa la suma de mil pesetas. De los indicados terrenos corresponden a D. Tomás Godoy Arza una extensión de 594 metros cuadrados y a Álvaro Lorite López la de 406 metros.

La corporación, teniendo a la vista la certificación expresada y de acuerdo con el contenido de la misma, acuerda se proponga a los Sres. citados, dueños de los terrenos apreciados, el pago de los mismos en cuatro anualidades, empezando por la de 1909, toda vez que del presupuesto actual no se puede hacer uso de cantidad alguna al indicado fin y, de prestar su conformidad a esta proposición, se consigne en el presupuesto de gastos para el año venidero la cantidad correspondiente para atender a esta obligación.

Dos años después, posiblemente en relación con la construcción del camino vecinal que se iba a realizar desde Canena al Salto de los Escuderos, el 25 de septiembre de 1910, abierta la sesión, por el Sr. Presidente si hizo presente a los reunidos la necesidad que tiene el Municipio de adquirir un pedazo de terreno desde la calle Baja en su límite hasta la calle Bahondillo, con una anchura de ocho metros para formar una nueva calle. Los señores presentes después de breve discusión sobre el asunto acordaron por unanimidad declarar de utilidad pública la adquisición de dicho terreno y autorizar al Sr. Alcalde para que gestione mediante los trámites legales la referida adquisición, dando cuenta al Ayuntamiento en su día del resultado que obtenga.

Tomás Godoy Arza tuvo cinco hijas y un hijo. Por orden de edad fueron: Paula, Eusebia, Manuel, Aurora, Ramona y Consuelo[5]. Las tres hijas mayores, Paula, Eusebia y Aurora, no se casaron y solo lo hicieron las dos menores, Ramona y Consuelo, y su hermano Manuel: Consuelo y Manuel con sendos hermanos, Juan Francisco y Francisca, primos suyos, naturales de Villargordo, y Ramona, con el hijo del médico que las visitaba. Ello nos da idea de las normas estrictas con que Tomás Godoy Arza educó a sus hijas y suponemos que la enseñanza la recibirían también dentro de la casa.


Familia de Tomás Godoy Arza y Ramona García López, con sus hijos. Fotografía cedida por María del Carmen Reyes Ortega

En la parte norte de la parcela, separado de la parte residencial por otra cerca, instalaron un molino de aceite, Santa Bárbara, en el que Manuel sufrió un fatal accidente el 5 de diciembre de 1926[6], que le costó la vida (era en esos momentos el Alcalde de Canena). El periódico madrileño La Libertad, uno de los de mayor tirada a nivel nacional, se hizo eco de la noticia, por crónica de su corresponsal en Úbeda, que apareció en su diario del martes, 7 de diciembre: Comunican del vecino pueblo de Canena que el alcalde, Manuel Godoy García, de cuarenta y dos años, al intentar poner en marcha un motor en una fábrica de aceite se resbaló, siendo cogido por el volante y resultando con la cabeza destrozada. Murió en el acto. El Juzgado de Úbeda se personó en el lugar del accidente.




La noticia también tuvo eco en otros dos periódicos madrileños, El Liberal y La Voz; el primero publicaba el día 8 de diciembre:

SUCESOS DE PROVINCIAS
En una fábrica de aceites resulta un hombre con la cabeza destrozada por un volante
Úbeda 7.- Dicen del vecino pueblo de Canena que el alcalde, Manuel Godoy García, de cuarente y dos años, al intentar poner en marcha un motor en una fábrica de aceite resbaló y fue cogido por el volante, resultando con la cabeza destrozada. Murió en el acto. El Juzgado de Úbeda se personó en el lugar del accidente.

La Voz publicó eso mismo día la noticia en estos términos:

MUERTO AL SER ALCANZADO POR UNA CORREA DE TRANSMISIÓN
JAÉN 8 (9,50M.).- En el pueblo de Canena, al intentar poner en marcha un motor de gas pobre en una fábrica de su propiedad, fue alcanzado por una correa Manuel Godoy García, y resultó muerto.

Manuel tuvo tres hijos: Ramona, Josefa y Tomás; los hijos de Tomás siguen hoy siendo los propietarios de la parcela donde estaba el molino, que estuvo funcionando hasta los años 60 del siglo XX. Josefa se casó y murió sin hijos, dejando ordenado en su testamento que sus fincas fueran repartidas entre las personas más pobres de Canena, lo que tuvo efecto en 2001, a la muerte de su marido, noticia que tuvo amplio eco en los medios de comunicación[7]. Ramona, heredera de sus tres tías solteras, cedió la parcela de la casa a la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Granada, según escritura de 25 de octubre de 1975, con la condición de que habilitara una Residencia de Mayores; en 2006, ante el incumplimiento de las condiciones por parte de la Caja de Ahorros, se anula la cesión a la Caja, formalizándose la cesión de uso por 75 años al Ayuntamiento de Canena, según escritura de 12 de julio de 2006, consumándose el traslado de la Casa consistorial en junio de 2008[8].

Consuelo, casada con su primo Juan Francisco, tuvo un hijo, Juan Francisco, que pronto quedó huérfano.

La primitiva finca de Tomás Godoy Arza se ha transformado sustancialmente desde finales del siglo XIX. Primeramente él edifica la casa y la cerca; después el Ayuntamiento prolonga la calle Baja (hoy Manuel Reyes) hacia el oeste y hace la calle Nueva (hoy Miguel de Cervantes); se construyen las Escuelas Viejas en la década de los años 20 del siglo pasado, y las Escuelas Nuevas en torno a 1960; se prolonga hacia el oeste la calle Baja con la calle Yanguas Mesías, en cuyo inicio se edifica en un lado la casa de nuestros protagonistas, Juan y Ramona, y la de su sobrina Josefa -ésta hacia 1945, parece que sobre otra anterior más pequeña- en el otro. Cristóbal Torres Ayllón adquirió en torno a 1912 una pequeña casa (la que luego fue, ya reformada, casa de Don Juan Raya) y un solar, donde instala, aparte de la casa familiar, una fábrica de harinas, una fábrica de hielo y un negocio de transporte de camiones y donde hoy se encuentra la sede de Electra La Loma, que regenta uno de sus biznietos. Por último, la parte sur y suroeste de la parcela, desde la calle Baja hasta el royo pasó a propiedad del nieto de Tomás Godoy Arza, hijo de su hija Consuelo, Juan Francisco Moreno Godoy, que edificó allí su vivienda, destinándose el resto de la parcela a explotación agrícola.

3.    LA FAMILIA DEL NOVIO


El novio era un joven médico, hijo del que había sido médico titular de Canena desde 1883, D. Manuel Reyes Reyes, y de Dolores Godoy García. Juan Ramón (conocido solo por Juan) Reyes Godoy, obtuvo el título de Medicina y Cirugía por la Universidad Central de Madrid (la hoy Universidad Complutense) en 1915[9].


Copia del título de Licenciado en Medicina y Cirugía a favor de D. Juan Ramón Reyes Godoy


Había sido nombrado médico de Canena con carácter interino el 31 de marzo de 1917, unos días antes de su boda, al renunciar a dicha plaza, por razones de salud, su padre, a la edad de 63 años; entre ambos, han cuidado de la salud de los caneneros durante más de 70 años (Manuel Reyes, desde 1883 hasta el 31 de marzo de 1917 y Juan Reyes, su hijo, desde el 1 de abril de 1917 hasta 1955, en que se trasladó a Linares) y en reconocimiento de su labor hoy dos calles de nuestro pueblo llevan su nombre, Juan Reyes y Manuel Reyes.

Su padre, D. Manuel Reyes Reyes, fue el médico de Canena durante los treinta y cuatro años que ejerció su profesión, desde 1883 a 1917. Había nacido en Canena el 13 de noviembre de 1853[10] y obtuvo el título de Medicina y Cirugía por la Universidad Central de Madrid en 1881[11], con veintisiete años. Se casó con Dolores Godoy García, nacida el 17 de junio de 1864. Murió en 1929.

Manuel Reyes Reyes y Dolores Godoy. Fotografía cedida por María del Carmen Reyes Ortega

Tuvieron dos hijos y dos hijas: Juan, nacido el 25 de noviembre de 1891, Rufino, Pilar y Antonia. Rufino ejerció de farmacéutico en Rus, donde llegó a ser alcalde[12].

Para hacernos una idea de cuáles eras las condiciones sanitarias de la época, hay que tener en cuenta que durante el siglo XIX y todavía en las primeras décadas del siglo XX las epidemias eran frecuentes, la mortalidad alta y la esperanza de vida no alcanzaba los cuarenta años, cuando actualmente supera los ochenta. La asistencia sanitaria en la segunda mitad del siglo XIX se regía por la Ley General de Sanidad, de 1855, con el antecedente del Real Decreto de 1847 y sus Reglamentos de desarrollo. Esta Ley General de Sanidad se desarrolló a su vez por los Reales Decretos, de 1868, 1873 y 1891. En enero de 1904 se publica la Instrucción General de Sanidad Pública, que vino a reformar el estado anterior, introduciendo algunas mejoras. 

Desde la mitad del siglo XIX hasta 1883 son cinco los médicos que ejercen el cargo en Canena, todos forasteros, residentes en Rus, Lupión y Úbeda. Aunque la Ley de Sanidad de 1855 obligaba a los Ayuntamientos a costear solo la asistencia sanitaria a las familias pobres, en Canena las 2.500 pesetas con que se retribuye al médico incluyen la asistencia sanitaria a toda la población y no es hasta 1881 cuando se regulariza la situación, dos años antes de tomar posesión D. Manuel Reyes Reyes. La nueva corporación que toma posesión el 1 de julio de dicho año, presidida por Tomás Godoy Arza, enterada de que el único médico cirujano costeado de su fondo, Don Miguel López Montes, tiene hecho un contrato bilateral con el Ayuntamiento y Asociados en Junta Municipal, a partido cerrado con el sueldo anual de dos mil quinientas pesetas anuales, libre de descuento, y considerando que por el Reglamento de 23 de octubre de 1873 se encuentran fuera de la legalidad dichos contratos pues el Municipio no tiene otra obligación que la de asegurar médico para la asistencia de las familias pobres que se clasifiquen, acordaron no tenga fuerza ni valor dicho contrato desde este día, fundándose además en una razón de economía que harto exige el estado lamentable y angustioso de nuestra hacienda, y que al efecto se anuncie vacante la plaza por quince días en el Boletín Oficial de la Provincia, con la obligación de asistir a las familias pobres que se designen en la primera sesión y sueldo anual de novecientas noventa y ocho pesetas al año, quedando interinamente nombrado con este sueldo y para el servicio prescrito, al que se le comunicará esta resolución, como igualmente a la Comisión de Presupuestos que tendrá en su día presente este acuerdo.

Este acuerdo, por tanto, vino a regularizar la situación contractual del médico de Canena, ya que se había pasado de que el sueldo lo costearan en su totalidad los vecinos no pobres en la década de 1850 hasta la situación en que era costeado solo por el Ayuntamiento, cuando, como se indica en el acuerdo, el municipio solo tenía la obligación de costear la asistencia médica a las familias pobres. Con ello, el gasto municipal por este concepto se redujo de 2.500 pesetas a 998.

Es con este sueldo de 998 pesetas con el que se le remunera a D. Manuel Reyes Reyes en su primer contrato, en 1883, con independencia de las igualas que suscribiera con los demás vecinos no pobres del pueblo. Es el primer médico de Canena nacido en ella y, junto con su hijo Juan, los dos únicos caneneros que lo han sido como titulares. Aparte de la atención diaria a los enfermos, en el Archivo Municipal hemos encontrado referencias de su trabajo y de la situación sanitaria de Canena en ese periodo. En noviembre de 1884 emite un dictamen, junto con otros dos vecinos, sobre la situación sanitaria, a raíz de la aparición de una epidemia de cólera morbo asiática en París.  En la sesión de la junta municipal de 16 de noviembre de 1884 se hace presente, por una comunicación del Gobernador Civil, que desgraciadamente es un hecho oficial la aparición del cólera morbo asiático en la capital de la vecina República y con él la alarma y los temores que son consiguientes en nuestro país, que tan ligado está por tan múltiples relaciones con aquella; y con el fin de cumplir lo que en la misma se  consigna se hace preciso reunir al Ayuntamiento y Junta de Sanidad local en sesión extraordinaria para ocuparse detenidamente de un hecho tan grave. Y al efecto procede con anterioridad elegir una comisión de personas de ciencia y de buen criterio para que emitan dictamen tanto sobre las condiciones higiénicas de nuestro pueblo, como de lo que consideren necesario en evitación, caso de que se presentara en cualquier pueblo de nuestro país el terrible huésped. Asimismo cree prudente y como medida de previsión que no contando este pueblo con recursos de ninguna especial para hacer frente a la calamidad en el caso de su aparición abrir una suscripción en este vecindario, estimulando la abnegación de él y las cuotas que ofrezca queden anotadas en su poder por si diera el caso de que no se necesitaran, no le sirva de gravamen, supliendo por este medio la formación del presupuesto extraordinario que previene la Ley Municipal. Asimismo y como medida preventiva propone que si llegara el caso extremo que se cita y no existiendo en este pueblo local alguno que sirva de lazareto ni otro alguno para hospital local, es de parecer que se eche mano de las dos casas baños situadas a extramuros de esta villa y en buenas condiciones higiénicas, que aunque de propiedad particular, se encuentran sin habitar. El Ayuntamiento, enterado y conforme con lo expuesto por el Sr. Alcalde, acordaron por unanimidad: 1.º. Nombrar a D. Manuel Reyes Reyes, Médico-cirujano titular; a Don Francisco Godoy Godoy y a D. Cipriano Godoy Lorite para que en comisión emitan dictamen. Que el Ayuntamiento, asociado de las personas que considere oportuno, exploren la voluntad del vecindario y abran la suscripción indicada, y que con respecto a los locales señalados para lazareto y hospital, que se ponga en conocimiento del propietario de tales edificios, para si llegara el caso que esté dispuesto a sustituir con sus edificios cerrados la carencia de otros que no tiene la población.

Dos días después, en sesión extraordinaria de 18 de noviembre, el Sr. Presidente, repitiendo el objeto de la convocatoria, que no es otro que el de cumplir lo dispuesto por la circular del Sr. Gobernador civil de esta provincia, del doce de los corrientes, que leyó, y bien enterados de su contenido, después de una razonada discusión, unánimemente acordaron: Que en vista de la aparición del cólera morbo asiático en la capital de la vecina República Francesa, con quien nuestro país está ligado en sus múltiples relaciones, las que son una amenaza por la salud del nuestro, procedía continuar la campaña emprendida y no abandonada, sosteniendo el más exquisito cuidado en la higiene de esta localidad; y aunque aislados por la falta de comunicaciones y no siendo este punto de tránsito para persona alguna, vivir muy alerta, por si dado el caso desgraciado de la aparición en cualquier punto de España e impedir a todo trance el contacto, ya que en tan buenas condiciones nos tiene colocados nuestro aislamiento natural y las buenas condiciones de salud que siempre se disfruta hasta el punto de ver aumentada nuestra población en más de un cincuenta por ciento en el año corriente; y como quiera que estos requisitos de bondad no nos deben hacer que abandonemos nuestra marcha emprendida, teniendo a la vista el dictamen emitido y suscrito por el profesor de Medicina y Cirugía titular, y de los vecinos de la misma D. Francisco Godoy Godoy  y Don Cipriano Godoy Lorite, que dicen que tanto en épocas ordinarias como en las adversas la higiene de las familias como las del vecindario son la garantía esencial para la buena salud pública, no descuidándose esta, opinan: que dadas las buenas condiciones climatológicas de nuestro suelo, la escasez de nuestro vecindario, lo oxigenado de nuestra atmósfera, la buena situación del cementerio, la abundancia de aguas potables, la moralidad en las costumbres de estos habitantes, resultado del trabajo lícito y honrado a que están dedicados, que es el del campo, con el que cubren todas sus necesidades, sin que se conozca en este país la mendicidad, condiciones todas que aumentan su población, sin que haya habido en otros periodos epidémicos sino algún caso pasajero, … por estos inestimables datos, la autoridad local, en nuestro sentir, no tiene otra cosa que hacer que ser el custodio y vigilante de los de afuera y el más fiel ejecutor en cumplir las prescripciones impuestas a estos vecinos, con lo que creen no existe temor alguno de que se altere la salud de estos naturales. Cuyo dictamen fue aprobado por unanimidad.

El año siguiente, 1885, fue conocido en España como el Año del Cólera, pero no sabemos que incidencia tuvo en Canena. En la ciudad de Jaén provocó una alta mortalidad, al igual que en otros pueblos cercanos al nuestro, como Begíjar, Villacarrillo o Torreperogil; en cambio, la mortalidad fue menor en Úbeda, Baeza o Linares.

Según la normativa, los contratos de los médicos locales eran por cuatro años. A continuación transcribimos el que se le hace en 1897. En la sesión de la Junta Municipal de 30 de junio de 1897, previa convocatoria de la plaza en el Boletín Oficial de la provincia y habiéndose presentado solo su solicitud, se le nombra médico de Canena, bajo las siguientes condiciones: 1.ª- El Médico Municipal nombrado, Don Manuel Reyes y Reyes, tendrá obligación de asistir gratuitamente a los pobres y braceros que no cuenten con más recursos que un jornal, la cual información constará en listas que determinará el Ayuntamiento cada año, a cuyo fin, y en armonía con lo dispuesto en el art.º 60 del Reglamento vigente, la Junta Municipal acuerda por unanimidad fijar en doscientas las familias pobres de este término. 2.ª.- Cuidará de inspeccionar y dirigir la vacunación y revacunación de los habitantes de esta villa y su término, así como cumplir y hacer cumplir los preceptos sanitarios de los Mercados y Mataderos … y cuanto se refiera a la salubridad de alimentos y bebidas y velar por la policía higiénica de los sitios públicos y afueras de la población, atendiendo al desagüe de pantanos y muladares y cuanto pueda afectar a la salud pública. 3.ª.- Inspeccionará además, previa la competente autorización, las habitaciones en donde ocurra alguna enfermedad contagiosa, proponiendo a la autoridad las medidas sanitarias convenientes y pondrá en conocimiento del Gobernador y del Delegado de Medicina cualquiera enfermedad epidémica o contagiosa que se presente en la localidad. 4.ª.- El Médico Municipal practicará también gratuitamente el reconocimiento de locos y enfermos ambulantes pobres y cuantas consultas sanitarias se le hagan por las autoridades y prestará el servicio de reconocimiento de quintos mediante la retribución que el Gobierno acuerde, cumpliendo además todas las obligaciones prescritas por las leyes y cuantas disposiciones se dicten sobre sanidad; por todos los servicios expresados percibirá el haber anual de dos mil quinientas pesetas libres de descuento. 5.ª- Conforme al reglamento vigente de 14 de Junio de 1891, este contrato tendrá fuerza y será válido por cuatro años, empezando en primero de Julio próximo y terminando en treinta de Junio de mil novecientos uno, en caso de rescisión convencional se pondrá en conocimiento de las partes con un mes de anticipación y si no se renovase, este contrato con arreglo a la Ley se considerará prorrogado por otros cuatros años.

Como se expresa, el contrato tiene como objeto fundamental atender a las familias más necesitadas del pueblo, en número de doscientas (estas doscientas familias debían suponer en torno a 700 habitantes, algo menos de la mitad de la población)[13]. El resto de vecinos, los más pudientes, debían concertar con el médico su asistencia sanitaria por el sistema de igualas, de manera individual o colectiva, abonándole la cantidad que acordaran. Este sistema de igualas ha perdurado hasta entrada la segunda mitad del siglo XX.

En cuanto a su retribución, que en 1883 era de 998 pesetas, en 1897 es de 2.500 pesetas, incremento que posiblemente sea debido a que el número de familias pobres a atender pasó de 50 a 200. No obstante, la situación angustiosa por la que atravesaba la hacienda municipal a finales de 1899, hace que D. Manuel Reyes Reyes, por escrito de 28 de diciembre de 1899, pida reducción de su dotación, que se le rebaja a 1.250 pesetas anuales:

Sr. Alcalde Constitucional de esta Villa
D. Manuel Reyes Reyes, vecino de esta villa, mayor de edad, casado y Médico Cirujano de la misma, como lo justifica con la cédula personal que exhibe señalada con el número 832 de 9ª clase, expedida por el Recaudador de esta población en 9 de Octubre de 1899, la cual después de examinada espera le sea devuelta, a V. con el debido respeto expone: Que deseoso de contribuir por su parte al mejoramiento y desahogo de la situación apurada en que se encuentra este municipio, por la falta de recursos de que dispone, se dirige a la digna autoridad de V. manifestándole el propósito de que se encuentra animado de servir por menos dotación de la que actualmente disfruta la plaza de Médico Cirujano de esta villa, que viene desempeñando, por el tiempo que le resta de su contrato, obligándose a seguir sirviéndola por la cantidad que nuevamente se le señale; y con el fin de que se haga esta modificación en su referido contrato, recurre a V.
             Suplicándole que en vista de lo expuesto se sirva convocar a la Junta Municipal de esta villa, si a bien lo tiene, con objeto de que penetrados de su petición se sirvan acordar lo que les parezca acertado.
Canena, a 28 de diciembre de mil ochocientos noventa y nueve (firma Manuel Reyes)




Al día siguiente, 29 de diciembre, el alcalde, Manuel Serrano Godoy, convoca a la Junta Municipal para el día 30 de diciembre, que tiene por objeto dar cuenta de una solicitud presentada por el Médico Municipal de esta Villa, D. Manuel Reyes Reyes, en que se manifiesta el laudable propósito de que se encuentra animado de desempeñar la plaza de Médico Municipal de esta Villa que viene ejerciendo, por menor dotación de la que se le tiene asignada en el tiempo que le resta de contrato, en atención al estado angustioso porque pasa actualmente este Municipio, contribuyendo de este modo, como es su deseo, al mejoramiento y desahogo del mismo = En su virtud, dada lectura de orden del Sr. Presidente a la solicitud mencionada y expuesta a la consideración de los Sres. presentes la proposición que por la misma se hace, se abrió discusión sobre ella, haciendo uso de la palabra varios de los Sres. congregados, ensalzando cual se merece la acción generosa y desinteresada que en el dicho escrito se expone y discutido que fue suficientemente el particular referido, se acordó por unanimidad dar las gracias al expresado Sr. recurrente y aprobar la proposición que por el mismo se hace, modificando desde luego su contrato en cuanto a la asignación que disfruta, la cual deberá consistir desde primero de Enero próximo en adelante, hasta la terminación de su contrato, en la cantidad de mil doscientas cincuenta pesetas anuales, quedándose subsistentes todas las demás condiciones expresadas en el mismo, debiendo notificarse este acuerdo al interesado para su conocimiento = Con lo cual se dio por terminado este acto que firman todos los Sres. concurrentes, de que certifico = Manuel Serrano = Cipriano Godoy = Juan Ramón García = Lázaro López = Francisco Godoy = Pablo Reyes = Miguel García = Juan Mora = Miguel Reyes = Juan J. Martínez

Las condiciones económicas del contrato, con la retribución anual de 1.250 pesetas, se mantienen en años sucesivos, de tal forma que cuando en 1917 se le hace el contrato a su hijo, Juan Reyes Godoy, la asignación anual será de 1.500 pesetas, incrementándose solo en 250 pesetas.

A lo largo de los años del ejercicio de médico en Canena, D. Manuel Reyes Reyes también atendía otros servicios, como el de realizar el reconocimiento médico de los mozos de reemplazo, trabajo que se le remuneraba de manera independiente. En 1912 y 1915 la corporación lo declara incompatible para asistir al acto de la clasificación y declaración de soldados del actual reemplazo, por tener parentesco de primer grado con uno de los mozos comprendidos en el mismo; acordando por unanimidad que en vista de no haber en esta localidad otro médico, se nombre para dicho acto al de la inmediata villa de Rus, don Ramón Mondéjar Daza, a quien se le notificará esta designación para su conocimiento y aceptación. En 1912 uno de los mozos de reemplazo era su hijo Juan, nacido en 1891, y en 1915 su hijo Rufino, nacido en 1894.

También se implicaba en todos los aspectos que tenían que ver con la mejora de las condiciones sanitarias de la población. Así, en agosto de 1909, a raíz de una visita de inspección hecha en las escuelas por orden de la Junta Provincial, propuso una serie de reformas en las mismas: en la escuela de niños, levantar el entarimado que sirve de pavimento y que se encuentra en completo estado de deterioro y arreglar el piso con baldosa o ladrillo y proporcionar por medio de un nuevo hueco más luz y ventilación, y en la de niñas, habilitar otro local por considerar insuficiente el que en la actualidad se utiliza para dicho fin. La corporación discutió suficientemente este asunto y acordó que en virtud a no haber consignación el presupuesto para dichas obras y ser insignificante la que en la actualidad queda por invertir en el capítulo de imprevistos no se podrá pensar en obras de ninguna clase, pudiendo ofrecer a la Junta provisionalmente para la clase de niñas y hasta tanto se habilite otro local que reúna condiciones de capacidad e higiene, el salón de actos de este Ayuntamiento si dicha Junta lo encuentra en condiciones y tiene a bien aceptarlo; y en cuanto a las reformas propuestas para la escuela de niños, por considerarlas de poca importancia, estudiar la forma de llevarlas a cabo lo antes posible, para lo cual se autoriza al Sr. Alcalde para que nombre un maestro de obras que haga el presupuesto de dichas reformas y con vista de lo que arroje resolver se realicen.

Ese mismo año, en sesión del Ayuntamiento de 12 de enero, el Sr. Presidente dio conocimiento a la corporación de que la Junta de sanidad de esta localidad, en sesión celebrada el día veinticinco del pasado diciembre, con motivo de haberse presentado algunos casos de viruela, había tomado entre otros el acuerdo de que se adquiera la vacuna suficiente para vacunar y revacunar a todos los vecinos pobres y sus familias que la deseen, a fin de evitar con esta medida el desarrollo de la epidemia ¿vaciadora? que tan funesta consecuencia puede traer al vecindario. En su virtud se había adquirido una bombona que ya se estaba utilizando y cuyo pago proponía se abonase del capítulo 5º artículo 8º del presupuesto vigente, toda vez que lo consignado en dicho artículo es para higiene y salubridad pública. La corporación acordó se abone la suma de cuarenta pesetas, importe de la vacuna adquirida y gastos, en la forma propuesta por el Sr. Presidente.

El 31 de marzo de 1917, D. Manuel Reyes Reyes, con 63 años de edad, presenta su renuncia como médico titular de Canena. El escrito de renuncia, que se transcribe a continuación, forma parte del Expediente instruido por la Alcaldía de esta villa para la provisión de la plaza de médico titular a favor de Don Juan Ramón Reyes Godoy, según acuerdo de la Junta municipal de 21 de Mayo del año 1917, que se encuentra en el Archivo Municipal de Canena, caja 100, carpeta 12.

Inspección Municipal de Sanidad de Canena
Debido a mi delicado estado de salud, me es imposible visitar a los enfermos pobres con la diligencia y actividad necesarias, por lo que me veo precisado (bien a pesar mío) a renunciar la titular de Médico-Cirujano que vengo desempeñando sin interrupción desde hace treinta y cuatro años. Lo que pongo en conocimiento de V. para los efectos oportunos.
Dios guarde a V. m.a.
Canena, 31 de Marzo de 1917. (firmado Manuel Reyes)
Sr. Alcalde Constitucional de Canena.




Ese mismo día celebra sesión la corporación municipal, presidida por el alcalde, D. Miguel Herrera Godoy, que dio cuenta a la corporación de que Don Manuel Reyes y Reyes, médico titular de esta villa, presentaba su renuncia de su cargo con esta misma fecha, fundada en motivos de salud. Los  señores concejales presentes, después de breve discusión sobre este asunto, manifestaron unánimemente el sentimiento que les producía la renuncia presentada por dicho Señor; pero que ante las razones en que se funda procedía admitirla, quedando así acordado. Por unanimidad y a propuesta del Sr. Presidente se acordó conste en acta que la corporación municipal queda altamente satisfecha de la labor profesional del señor Don Manuel Reyes y Reyes, llevada a cabo con una constancia sin igual y una rectitud, hermana de una inteligencia serena y ecuánime, durante los treinta y cuatro años que ha desempeñado la titular de esta villa. También se acuerda que para proveer la vacante de dicha plaza de médico titular, se proceda iniciar el oportuno expediente y se anuncie en el Boletín de la provincia un plazo de veinte días para que se presenten solicitudes, todo con arreglo al Reglamento del Cuerpo de Médicos Titulares de España. Igualmente se acordó nombrar médico titular, con carácter interino y hasta que se resuelva el concurso, al médico de esta localidad D. Juan Reyes Godoy, a quien se le notificará este acuerdo. Y para que conste y surta sus efectos en este expediente, expido la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, en Canena a treinta y uno de Marzo de mil novecientos diez y siete. (firma el Secretario, Pedro García, con el V.ºB.º del Alcalde).

Como podemos leer en el acta de la sesión, la corporación municipal quiso dejar constancia del agradecimiento a Don Manuel Reyes Reyes por su labor profesional, llevada a cabo con una constancia sin igual y una rectitud, hermana de una inteligencia serena y ecuánime, durante los treinta y cuatro años que ejerció como médico de Canena. Años después le pondría su nombre a una calle del pueblo, la hasta entonces Calle Baja.

En la misma acta se nombra como médico interino a su hijo, D. Juan Reyes Godoy y se decreta se formen edictos comunicando la vacante y se remita un ejemplar para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia al Gobernador Civil, lo que se hace el día 10 de abril.


Boletín Oficial de la Provincia del 10 de abril de 1917. Al final de la segunda columna de la página 3 se puede leer el anuncio de la vacante de la plaza de médico titular de Canena


Un mes antes, en sesión de la junta municipal de 26 de febrero, D. Juan Reyes Godoy es nombrado médico para el reconocimiento de los mozos de reemplazo, en atención a que el titular, D. Manuel Reyes Reyes, se encuentra incapacitado por parentesco dentro del cuarto grado en el mozo número 1, Juan de Dios García Reyes. Este sería probablemente el primer trabajo que realizara como médico en Canena, por el que se le abonaron 50 pesetas.

El 1 de mayo de 1917 el Secretario del Ayuntamiento certifica que durante el plazo concedido en el anuncio solo se ha presentado una instancia solicitando la plaza de Médico titular de esta villa, suscrita por Don Juan Ramón Reyes Godoy, y a cuya instancia acompaña el título correspondiente, del que se une una copia a este expediente. Y para que conste expido la presente, que visa el Sr. Alcalde, en Canena, 1.º de Mayo de 1917 (firma el Secretario, Pedro García Gámez, con el V.ºB.º del Alcalde). Dicha instancia se presenta el 15 de abril, a la que acompaña el título de Licenciado en Medicina y Cirugía por la Facultad de Medicina de la Universidad Central de Madrid, expedido en  agosto de 1915.

Al Alcalde Constitucional de esta villa de Canena
El que suscribe, Licenciado en Medicina y Cirugía, perteneciente al Cuerpo de Médicos Titulares, con la cédula personal correspondiente que exhibe a calidad de devolución, enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial de esta provincia, convocando concurso para la provisión de la plaza de Médico titular vacante en este Municipio, creyéndose en condiciones para desempeñarla, como lo justifica con los documentos que adjunto se relaciona y acredita;
Suplica a V. se digne admitirle al referido concurso y en su día concederle, con el Ayuntamiento y Junta de Asociados de su digna presidencia, la plaza que solicita.
Dios guarde a V. muchos años.
Canena, 15 de Abril de 1917. (firmado Juan Reyes Godoy)




De acuerdo con lo que establecía el Reglamento del Cuerpo de Médicos Titulares de España, el Ayuntamiento remitió a la Junta de Gobierno y Patronato de dicho Cuerpo relación de los señores solicitantes de la plaza (solo se presentó Juan Ramón Reyes); dicha Junta de Gobierno y Patronato remitieron al Ayuntamiento de Canena una certificación de 7 de mayo, acreditando que Don Juan Ramón Reyes Godoy tenía las condiciones para pertenecer al Cuerpo de Médicos titulares, según constaba en el respectivo expediente de ingreso que obraba en su archivo; recibida dicha certificación, el Alcalde convocó para el 21 de mayo Junta municipal para resolver el concurso para provisión de la plaza de médico titular, cuya papeleta de citación les hizo llegar a los concejales y asociados el alguacil, Luis Gámez Martínez[14]. Reunida la Junta Municipal el 21 de mayo, acordó nombrar a D. Juan Ramón Reyes Godoy Médico titular del término de Canena por reunir los requisitos exigidos en el anuncio de concurso.

Don Pedro García Gámez, Secretario del Ayuntamiento Constitucional de esta Villa__
Certifico: Que la Junta Municipal en sesión celebrada el día veintiuno del mes actual acordó lo siguiente___
En la Villa de Canena, a veintiuno de Mayo de mil novecientos diez y siete, reunidos los señores de la Junta Municipal en la Sala Capitular bajo la presidencia del Sr. Alcalde, D. Miguel Herrera Godoy, el cual mandando el objeto de la convocatoria manifestó: Que se estaba en el caso de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art.º 91 de la vigente ley de sanidad de 1904 para la provisión de la plaza de Médico titular de este término, en armonía con lo que instituye el capítulo cuarto del Reglamento del Cuerpo de Médicos Titulares. Dada lectura por mi el infrascrito Secretario de las solicitudes presentadas durante el plazo legal, y resultando tan solo aspirante a dicha plaza el Médico Cirujano vecino de esta villa D. Juan Ramón Reyes Godoy, fue examinada la documentación presentada por el solicitante, la que resulta suficiente con arreglo a las disposiciones citadas; y en su consecuencia la Junta acordó por unanimidad nombrar a dicho Sr. para expresado cargo por reunir los requisitos exigidos en el anuncio de concurso bajo las condiciones y con las obligaciones y derechos derivados de la Instrucción de Sanidad de 12 de Enero de 1904, Reglamento de 11 de Octubre del propio año, además disposiciones complementarias o modificativas respecto al particular dictadas y que se dictaren. Todo lo cual constituye el contenido del contrato que de acuerdo con el interesado se extiende por separado en este mismo acto. Terminado pues el objeto de la convocatoria el señor Presidente declaró levantada la sesión y la presente acta que leída por mi el Secretario firman todos los señores concurrentes de que certifico.”
Lo copiado concuerda fielmente con el acta a que me refiero. Y para que conste y unida al expediente de su razón, expido la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, en Canena a veintiuno de Mayo de mil novecientos diez y siete. (firma el Secretario, Pedro García, con el V.B. del Alcalde)




Ese mismo día se firma el contrato. 
Copia del contrato
En la villa de Canena, a veintiuno de Mayo de mil novecientos diez y siete años, comparecen en esta Alcaldía de una parte Don Miguel Herrera Godoy, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta villa y de la otra Don Juan Ramón Reyes Godoy, médico titular nombrado por la Junta municipal en esta misma fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, 39, 40 y 41 del Reglamento del cuerpo de Médicos titulares de España, aprobado por R.D. de 11 de Octubre de 1904 y ante mí, el Secretario de este Ayuntamiento se procedió a formular el oportuno contrato bajo las condiciones siguientes.___
Primera. El presente contrato regirá por tiempo ilimitado, de conformidad con lo dispuesto en el art.º 91 de la Instrucción general de Sanidad pública y 41 del Reglamento del Cuerpo de Médicos titulares de España._____
Segunda. El sueldo que disfrutará el Titular será el de mil quinientas pesetas anuales, consignadas en el presupuesto municipal, con arreglo a la categoría en que está clasificada la plaza, pagadas por meses vencidos.___
Tercera. El Médico titular, D. Juan Ramón Reyes Godoy, se obliga a cumplir todos los deberes que le emplaza el artículo 53 del Reglamento del Cuerpo de Médicos titulares y los artículos 91 y 92 de la Instrucción general de Sanidad.___
Cuarta. Prestará asistencia gratuita a doscientas familias pobres que se hallen incluidas en las listas que al efecto forme el Ayuntamiento con arreglo a lo dispuesto en el art.º 5.º del Reglamento de 14 de Junio de 1891.____
Quinta. En todos aquellos casos que se especifiquen en este contrato, como las ausencias y enfermedades del médico, se estará a lo dispuesto en las leyes y disposiciones vigentes.___
Tal es el contrato que con arreglo a lo dispuesto en el art.º 41 del Reglamento de Médicos titulares se formula, del que se facilitará copia al interesado y se dará cuenta del mismo a la Junta de gobierno y Patronato de Médicos titulares de España; y lo firman las partes interesadas, de que yo el Secretario certifico.”___
Es copia de un original que consta en el libro de sesiones de la Junta Municipal de esta villa, a que me refiero.
Canena, a 25 de Mayo de 1917 (firma el Secretario, Pedro García, con el V.B. del Alcalde)




Si lo comparamos con el contrato que había firmado su padre 20 años antes, ha habido algunas modificaciones, derivadas del cambio de normativa, y ya la duración es ilimitada y no por cuatro años. El sueldo, que en 1917, se fija en 1.500 pesetas, se incrementaría con el paso de los años. En 1925 era de 2.500 pesetas; en 1940, de 3.000 pesetas; en 1941, de 4.500 pesetas, más 675 pesetas por quinquenios.

4. EL MATRIMONIO Y SU FAMILIA.


Como hemos indicado, la boda de Juan Reyes Godoy y Ramona Godoy García, tuvo lugar el 20 de abril de 1917, coincidiendo con el inicio de la vida laboral de Juan, que comienza el 31 de marzo de 1917. Tras la boda, los novios pasaron unos días en Madrid. El matrimonio edificó su casa en terrenos del padre de la novia, en la prolongación de la calle Baja, en la calle denominada hoy Yanguas Mesías, posiblemente en los años veinte del siglo pasado, aunque desconozco exactamente cuándo se construyó; destaca por la armonía de sus proporciones, así como por la calidad constructiva y algunos elementos singulares, como la escalera, y todavía hoy es una de las casas más relevantes de Canena, a pesar de no estar habitada de manera permanente[15]. En ella vivió Don Juan hasta su marcha a Linares en 1955;  hoy sigue siendo propiedad de sus nietos, aunque la casa contigua, también integrada en la misma propiedad, fue vendida por su hijo Tomás a Sebastián Cobo. Suya era también la parcela donde se construyeron las Escuelas Nuevas hacia 1960, cediendo  para ello los terrenos al Ayuntamiento (parece que sin contraprestación económica, aunque este es un dato que no he podido confirmar).

Fotografía actual de la que fue la casa de Juan y Ramona

Juan y Ramona tuvieron dos hijos, Manuel, nacido en 1920, y Tomás, en 1923.

Los niños Manuel y Tomás. Fotografía cedida por María del Carmen Reyes Ortega

Ambos estudiaron Medicina en Madrid, y ejercieron el primero en Madrid y el segundo en Linares, donde también fue alcalde de 1973 a 1979. Como dato reseñable, en 1979  comienzan su andadura los Cursos de Verano de la Universidad Internacional de Andalucía en Baeza, a los que Tomás asiste ininterrumpidamente desde ese año hasta su muerte, siendo homenajeado por dicha Universidad en 2009, a sus ochenta y seis años, por sus treinta años de asistencia continuada a los cursos de verano de Baeza, manifestando entonces que allí, en Baeza, nació la vocación médica de su familia, porque allí estudiaron el Bachillerato tanto su padre como su abuelo. Manuel y Tomás siempre se consideraron caneneros y se mantuvieron vinculados a nuestro pueblo, ayudando tanto a sus vecinos como  a sus instituciones[16]. Manuel tuvo una hija, Pilar, que ha continuado, ya como cuarta generación familiar, ejerciendo la medicina. Tomás tuvo un hijo, también llamado Tomás, al igual que su padre y su bisabuelo, y una hija, María del Carmen. Esta última, casualmente, se casó en el Ayuntamiento de Canena en septiembre de 2016, en la misma casa que lo hicieron sus abuelos casi cien años antes.

Don Juan pasaba consulta en la planta de arriba de la casa consistorial y en su propio domicilio y hacía las visitas domiciliarias a los enfermos. Era una persona muy abierta, extrovertido y espléndido. Me cuenta mi padre que cuando visitaba a los enfermos pobres en sus casas, a los más necesitados les solía dejar algún dinero para ayudarles a salir adelante, en muchas ocasiones escondido debajo de la almohada del enfermo, sin decirles nada. Era un gran aficionado a la caza y entabló amistad con Luis Junguito, hacendado cordobés, que tenía un cortijo, hoy desaparecido, en el término de Vilches, entre las Atalayuelas y las Cuevas de Giribaile; en ese cortijo trabajaban bastantes caneneros y allí solía ir Don Juan con relativa frecuencia. Junto con otros caneneros aficionados a la caza, creó un coto de caza en la finca La Lambra.

En el libro “Canena, crónica del siglo XX”, se le cita en varias ocasiones, como cuando tuvo lugar en 1934 el accidente de la “zorrilla”[17], instalándose el hospitalillo en lo que hoy es Chicote. D. Juan Reyes, el médico, doña Ramona Godoy, su esposa, y algunos voluntarios estuvieron curando y atendiendo a los heridos, utilizaron sábanas a modo de vendas y los modestos medios a su alcance; posteriormente los heridos fueron llevados a Úbeda.  Se le vuelve a citar en la página 92, en este caso cuando su hijo Tomás cuenta el crimen de Los Corralillos, ocurrido en 1920, y como su padre sospechó pronto del que resultó ser el asesino. En el relato de la explosión de una granada en el Castillo (página 137), en 1939, también se hace referencia a su atención a los niños accidentados, dos de los cuales murieron; en la página 138, se cuenta como colaboró con María Ortega Granada, “María la de Santos”, en las gestiones que hicieron para impedir la demolición del Castillo en 1947; y en la página 169 se cita el homenaje que se le tributó en junio de 1963 en el Castillo.
Juan murió en marzo de 1966 y Ramona en abril de 1979. Ambos están enterrados en  el panteón familiar de su padre, en el cementerio de Canena[18].

Detalle del panteón de Don Manuel Reyes Reyes, donde también se encuentran enterrados su hijo Juan y su nuera Ramona

Sus hijos también han muerto ya, Manuel en 2000, y Tomás en 2010, este último enterrado en el cementerio de Canena. Los hijos de Tomás mantienen las propiedades de su padre en Canena, tanto la casa familiar como varias fincas.





[1]     Soler Belda, Ramón. La visión de Linares en la prensa conocida de Baeza (1855-1935), Siete Esquinas, Revista del Centro de Estudios Linarenses, año III, n.º 4 (2012), pp. 105-116.
[2]     Mi agradecimiento a Mari Ela Herrera, que me ha facilitado el acceso al documento.
[3]     Los terrenos de Tomás Godoy Arza eran los de la parte baja de la calle Nueva (hoy Miguel de Cervantes) y los de Álvaro Lorite López, los de la parte alta. Éste era el padre de Adela y Francisco Ramón, la primera, madre de “Madre Pepa” y el segundo, padre de Manolo y Antonio -los “Franciscorramones”- y hoy las casas de la parte alta de la calle siguen siendo de sus descendientes.
[4]     En estos años son maestros albañiles en Canena Juan María Cobo García y Maximiliano Sánchez Hernández. El primero tuvo tres hijos (Juan María, Francisco y Juan Rufino), que siguieron el oficio paterno, al igual que algunos de sus nietos, entre los que destacó Juan María Cobo García, coincidente en nombre y apellidos con su abuelo. Maximiliano tuvo cuatro hijos y dos hijas, de los que siguió su oficio el hijo mayor, Juancho; éste tuvo tres hijos y una hija, que también han sido albañiles (Miguel, Emiliano y Lázaro, así como su cuñado Daniel).
[5]     Tuvieron otra hija, Francisca, que en 1892 tenía siete años, y que debió morir joven. Padrón de hatitantes de 1892. Archivo Municipal de Canena, Caja 53, legajo 7.
[6]     Aunque en la placa de su enterramiento en el cementerio de Canena aparece la fecha de 5 de diciembre de 1927, debe tratarse de un error, ya que la noticia se recoge en la prensa de diciembre de 1926.
[7]     Televisiones, radios y diarios recogieron la noticia, destacando casi unánimemente que había sido Antonio Bautista, el marido de Josefa, el que en su testamento dejó tres fincas, con trescientas olivas, para repartirlas entre los caneneros pobres, sin aclarar que en realidad esa condición se la había impuesto su mujer, Josefa.
[8]     Labor fundamental para que se consumara la cesión al Ayuntamiento fue la que llevaron a cabo el alcalde y el primer teniente de Alcalde, Juan Serrano y Cristóbal Torres, a quien agradezco la información que me ha facilitado.
[9]     Este documento se encuentra incluido en el Expediente instruido por la Alcaldía de esta villa para la provisión de la plaza de médico titular a favor de Don Juan Ramón Reyes Godoy.  Archivo Municipal de Canena, Caja 100, legajo 62.
[10]   Las fechas de nacimiento se han tomado del Padrón de habitantes de 1892. Archivo Municipal de Canena, Caja 53, legajo 7.
[11] Una transcripción del título, copiado por el Secretario del Ayuntamiento, se encuentra en el  Archivo Municipal de Canena, Caja 100, carpeta 12, de expedientes de nombramientos de sanitarios locales, donde también se incluyen otros documentos citados en este artículo.
[12]   Según el padrón de habitantes de 1892, tuvieron otra hija, que fue la primera, nacida en 1888, que debió morir siendo niña, llamada Antonia; más tarde, cuando nació la pequeña, en 1910, le pusieron de nombre también Antonia.
[13]   Según el Padrón de habitantes de 1892, hay en Canena 470 vecinos y 1.612 habitantes. Archivo Municipal de Canena, Caja 53, legajo 7.
[14]   Luis Gámez Martínez es el padre de Farri y abuelo de Manolete, que también fueron alguaciles de Canena. Había sido nombrado como alguacil el 4 de Julio de 1909.
[15]   La edificó un albañil de Linares, que también construyó la que hoy es casa de Juani Mari y la del párroco, junto a la Iglesia.
[16]   Sobre ellos escribe Cristóbal Torres Godoy que “me consta personalmente su amor por Canena y su privilegiada memoria sobre hechos acaecidos en nuestro pueblo, que en mi opinión les hacen acreedores de un recuerdo. En mi caso, su ayuda y consejo fueron decisivos para mis estudios superiores”. Folleto publicado con motivo del homenaje que se le tributó a Cristóbal el 31 de Agosto de 2013, que recoge su intervención en dicho homenaje, bajo el título “Antecedentes, Hechos y Personas que han marcado la vida de Canena en el último Siglo”.
[17]   TORRES GODOY, Miguel y MARTÍNEZ GARCÍA, Pedro. Canena, crónica del siglo XX, páginas 75-76.
[18]   Las fechas del fallecimiento de Juan y Ramona me las ha facilitado su nieta Pilar, al igual que alguna otra información sobre sus abuelos. En el panteón, que se encuentra bastante deteriorado, solo figura que es de D. Manuel Reyes Reyes y familia, pero por la información que he podido recabar también están enterrados Juan y Ramona y supongo que puede estar enterrado algún hijo más de D. Manuel. 

Texto de José Luis Reyes Lorite

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